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Autor: | Categoría: Noticias | 20th May 2020

Debido a la alerta sanitaria por el COVID-19, tuvimos que cerrar nuestras instalaciones para proteger a nuestros empleados y usuarios, pero ya estamos de vuelta con todos los protocolos de seguridad para que tu vehículo pase la ITV. A continuación, contestamos a las preguntas más frecuentes de nuestros clientes sobre la ITV en el estado de alarma:

¿Puedo circular con mi vehículo con la ITV caducada durante el estado de alarma?

Sí, los plazos para realizar la ITV en tu vehículo quedan suspendidos hasta que el estado de alarma finalice. Si tenías cita previa para pasar la ITV y ha coincido durante estos meses, ésta te valdrá como un “justificante” que aclarará que no pudiste acudir a la estación de ITV, ya que se encontraba cerrada.

¿Pueden multarme por llevar la ITV caducada durante la emergencia sanitaria?

Como decíamos anteriormente, es recomendable que tengas a mano la cita previa que solicitaste para pasar la ITV antes del 14 de marzo. Sin embargo, pueden multarte si tu ITV está caducada antes de esta fecha, 14 de marzo, independientemente de que hubieras pedido la cita previa o no para pasarle la inspección a tu vehículo. Solo esta justificado circular con la ITV caducada, mientras que te diriges al centro de ITV o un taller.

¿Qué plazo tengo para volver a pasar la ITV cuando finalice el estado de alarma?

Respecto a la prorroga de la validez de la ITV, habría que sumarle 30 días después de que terminé el estado de alarma y, además, añadir períodos de 15 días naturales por cada semana transcurrida desde el comienzo del confinamiento, el pasado 14 de marzo. No es así para los vehículos agrícolas, en su caso será prorrogado hasta el 10 de noviembre del 2020.

A partir de ahora, puedes volver a pedir tu cita previa, evitamos que la estación se colapse para una mayor seguridad, respetando así el distanciamiento social que las autoridades aconsejan y equipando a nuestras estaciones de medidas de higiene y desinfección para la seguridad de nuestros empleados y clientes.

Fuente: https://www.boe.es/eli/es/o/2020/05/15/snd413/dof/spa/pdf


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